La gestión de la Incapacidad Temporal (IT) es uno de los retos más complejos tanto para las empresas como para los trabajadores. Recientemente, este tema ha vuelto a la esfera pública tras la propuesta de la CEOE de estudiar una exención en las cotizaciones a la Seguridad Social que las empresas pagan durante los periodos de baja, como medida para mitigar los costes del absentismo.
Más allá del debate político y social, es fundamental conocer el marco normativo actual que regula los derechos y deberes de ambas partes cuando un trabajador debe interrumpir su actividad por motivos de salud.
El marco para el Empleador: Costes y gestión
Para la empresa, la baja de un empleado supone un esfuerzo de reorganización y una carga económica que conviene desglosar:
- Responsabilidad económica: En bajas por enfermedad común, la empresa asume el pago de la prestación desde el 4º hasta el 15º día. A partir de ahí, el coste lo asume la Seguridad Social o la Mutua.
- Cotización constante: Independientemente de quién pague la prestación, la empresa tiene actualmente la obligación de seguir ingresando las cuotas de la Seguridad Social (aportación empresarial) por ese trabajador.
- Gestión y seguimiento: Las empresas, a través de sus Mutuas colaboradoras, tienen derecho a realizar un seguimiento de la situación clínica del trabajador desde el primer día, aunque no pueden emitir el alta médica en contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral).
El marco para el Empleado: Derechos y protección
Para el trabajador, la IT es un mecanismo de protección social que garantiza su salud y su sustento, pero que conlleva ciertas pautas:
- Cuantía de la prestación: Por norma general, se percibe el 60% de la base reguladora del día 4 al 20, y el 75% a partir del día 21. No obstante, es determinante consultar el Convenio Colectivo, ya que muchos obligan a la empresa a complementar este pago hasta el 100% del salario real.
- Seguridad jurídica: Durante la baja, el contrato de trabajo está suspendido. El empleado tiene derecho a la reserva de su puesto y no puede ser despedido por el mero hecho de estar de baja (salvo causas justificadas ajenas a la salud).
- Deber de colaboración: El empleado debe cumplir con los tratamientos médicos y acudir a las citaciones de control. La falta injustificada a estas citas o realizar actividades incompatibles con la recuperación puede suponer la pérdida del subsidio.

El impacto del absentismo
La propuesta de la patronal de eliminar las cotizaciones durante la baja parte de su interés por aliviar la presión sobre las cuentas empresariales en un momento de repunte del absentismo -como apuntan los principales observatorios del mercado laboral en España, como Randstad Research y el Adecco Institute, y en los datos oficiales de la Encuesta Trimestral de Costes Laborales (ETCL) del INE)-. Sin embargo, cualquier cambio en esta dirección requiere un consenso social profundo, ya que afectaría directamente a los ingresos del sistema de Seguridad Social.
El objetivo común, tanto para empresas como para trabajadores, debe ser la creación de entornos de trabajo seguros y la gestión eficiente de la salud laboral para reducir la incidencia de las bajas sin mermar la protección del trabajador.
La gestión de la IT no debe verse como un conflicto de intereses, sino como un proceso legal que requiere transparencia y cumplimiento por ambas partes. Estar bien informado sobre los plazos, pagos y obligaciones es la mejor manera de asegurar que la salud del empleado y la viabilidad de la empresa caminen de la mano.
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